El compleja confección incluye distintas bases imponibles, deducciones, diferentes alícuotas y varios hechos gravados.
¿A partir de qué ingreso se debe pagar?Varía de acuerdo a si se trata de solteros o casados con hijos. En el caso de asalariados solteros es tributado por aquellos que ganan más de $5782. Los casados, con dos hijos, pagan a partir de los $7988
Hay deducciones permitidas y poco conocidas que ayudan a los asalariados alcanzados por el impuesto a liquidar gastos. Hay tres tipos de deducciones previstas en el cálculo de cuánto toca pagar: las obligatorias (jubilación, obra social y PAMI); las personales (cónyuge, hijos, familiares a cargo...) y las permitidas . Este último grupo considera la posibilidad de producir importantes ahorros en el pago de este tributo.
La legislación vigente sostiene: "Se permite deducir algunos conceptos, tales como: aportes obligatorios a los sistemas de jubilaciones y a obras sociales y, con determinados límites: primas de seguro de vida, gastos de sepelio, cuotas o abonos a instituciones de cobertura médica, los gastos de asistencia sanitaria, médica y paramédica y los intereses de créditos hipotecarios por compra o construcción de inmuebles nuevos o usados destinados a casa habitación hasta $ 20.000 anuales".
- Cobertura médica : La ley pone como tope el 5% de la ganancia neta del ejercicio, según la última actualización que consta en el decreto 290/2000
- Honorarios médicos : Quien pague el impuesto podrá deducir hasta el 40% de las facturas por honorarios de tipo médico, sanitarios o paramédicos propios o que abonen personas que se encuentren discriminadas en sus cargas familiares (hijos, cónyuge, etc...) con un tope máximo acumulado del 5% de la ganancia neta del ejercicio. Este beneficio se considera exclusivamente en la liquidación final o anual.
- Intereses de créditos hipotecarios : Los intereses de créditos hipotecarios obtenidos a partir de 2001 y que estén destinados a la compra o construcción de una vivienda para uso particular se pueden deducir hasta $20.000 anuales . Este beneficio aplica exclusivamente a personas físicas o del causante de sucesiones indivisas.
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Seguros de vida : Quienes hayan contratado servicios de seguro de vida en el país -que cubran fallecimiento del contribuyente- podrán deducir hasta $996,23 de la prima de la póliza contratada, equivalente a un aporte de $83 mensuales.
- Empleada Doméstica : Los aportes patronales por seguridad social a personal doméstico (mucamas, jardineros...) se pueden deducir hasta $12.960 anuales.
- Sepelios : Los gastos de sepelio (servicios funerarios) del titular del impuesto o de alguna de las personas detalladas en sus cargas de familia pueden deducirse con un tope anual de $996,23.
- Donaciones: Todas las donaciones realizadas al Estado nacional, provincial o municipal; e instituciones religiosas, asociaciones sin fines de lucro, fundaciones, etc... pueden deducirse con un tope del 5% de la ganancia neta del período.
- Viajantes de comercio :En el caso de corredores, despachantes de aduana o viajantes de comercio podrán deducir los gastos de movidad, viáticos y representación, las amortizaciones impositivas de vehículos utilizados para este fin y los intereses de las deudas contraídas para comprar los mismos.
- Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) : Sin tope, están sujetos a deducción los aportes de capital social o al fondo de riesgo efectuados por los socios protectores de una SGR . De acuerdo al Banco Central, esta clase de sociedades comerciales tienen por objeto facilitar el acceso al crédito de las PyMEs, a través del otorgamiento de garantías para el cumplimiento de sus obligaciones.
El futuro del impuesto es clave para las finanzas públicas. El año pasado, el 19,7% de todos los tributos que recaudó la Nación (incluyendo los aportes y contribuciones previsionales, que formalmente no son impuestos) correspondió a Ganancias.
Si este año el Gobierno subiera el piso a partir del cual se paga ganancias como lo hizo en años anteriores (excepto en 2009), dejaría de recaudar unos $3500 millones.
La inflación en el focoHoy, alrededor de 1,5 millón de asalariados (dos de cada 10 empleados en blanco) están alcanzados por el impuesto. A medida que los salarios suben acompañando a la inflación (es decir, no porque tengan mayor poder de compra o "dejen más ganancia"), se producen tres efectos: cada vez más empleados cobran sueldos que traspasan el piso y, por ende, empiezan a pagar; los que ya pagaban pasan a tributar alícuotas mayores, ya que, por cada tramo más alto de salario se pagan alícuotas mayores; el monto que se puede restar de la base imponible (todo lo que se cobra en el año) por deducciones (por familiares a cargo, etcétera) queda congelado, aunque criar un hijo, por ejemplo, sea cada vez más caro. Así, aumenta la base imponible.

